TÍTULO III.- OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LAS ORGANIZACIONES FEDERADAS.
Artículo 8º
Es obligación de los Sindicatos Federados el cumplimiento de estos estatutos, sus reglamentos y los acuerdos que dicten sus órganos de gobierno.
Artículo 9º
Para causar baja en la Federación se requiere aportar solicitud de baja junto con acuerdo adoptado por el órgano competente según sus estatutos. Si cumple este requisito, se dictará de oficio resolución por el Comité Ejecutivo Federal.
Artículo 10º
Todo Sindicato Federado, previa audiencia del interesado, podrá ser objeto de sanción, cuya resolución corresponderá al Comité Ejecutivo de la Federación. Los motivos serán:
- Incumplimiento del pago de las cuotas
- Incumplimiento de estos estatutos o de los acuerdos adoptados en el seno de los Órganos de Gobierno y Administración.
- Competencia desleal a la Federación o a un miembro de la
El procedimiento a seguir se regulará en un reglamento disciplinario que aprobará el Comité Ejecutivo Federal. Las sanciones aplicables podrán ser:
- Amonestación
- Sanción económica.
- Suspensión
- Expulsión
Artículo 11º
Son derechos de los Sindicatos Federados:
- Participar en las actividades de la Federación, sea cual su
- Elegir a los cargos de la Federación, y la elegibilidad de los representantes que propongan para dichos cargos.
- Tener, por medio de sus representantes, voz y voto en cada uno de los Órganos de Gobierno y Administración de la Federación.
- Sugerir iniciativas, comunicándolas por escrito a la Secretaría General.
- Conocer, en cualquier momento, la situación contable de la Federación, así como de los datos de afiliación de las Organizaciones Sindicales Federadas.
- Tener información, puntual y precisa, de las actividades de la Federación.
- Ser asesorados, representados o defendidos, individual o colectivamente, ante las instancias procedentes.
Podrán desarrollarse o ampliarse dichos derechos mediante acuerdo aprobado por la Asamblea General Federal.
Artículo 12º
Son deberes de los Sindicatos Federados:
- Cumplir los presentes Estatutos, así como los acuerdos de los Órganos de Gobierno y Administración de la Federación válidamente adoptados.
- Satisfacer puntual y correctamente las cuotas reglamentarias para el mantenimiento económico y funcionamiento de la Federación.
- Colaborar en la consecución de los fines de la Federación.
- Notificar a la Federación toda modificación estatutaria que se produzca.
- Remitir anualmente notificación del estado de afiliación a treinta y uno de diciembre.