TÍTULO II.- CONDICIONES PARA SER MIEMBROS DE LA FESVET

Artículo 7º

Para ser miembro de la Federación Estatal de Sindicatos Veterinarios se requiere:

  1. Enviar a la Secretaría General:
    • Solicitud de ingresos
    • Copia de los estatutos de la organización sindical que pretenda federarse, debidamente actualizados y registrados, incluyendo el número de depósito.
    • Certificado del Secretario General del acuerdo adoptado por el órgano competente según sus estatutos para afiliarse a esta Federación, haciendo constar que aceptan sus Estatutos y demás normativa.
    • Certificado del Secretario General sobre el número de afiliados a fecha de la solicitud.
  2. Ser aceptados por el Comité Ejecutivo Federal. Dicha aceptación será ratificada en Asamblea General Federal
  3. Comprometerse a abonar a la Federación la cuota económica que le corresponda.
  4. Comprometerse a concurrir en las elecciones sindicales de su ámbito territorial y sectorial correspondiente, solos, integrados o coaligados con otras organizaciones

Si en una Comunidad Autónoma existiera ya un miembro federado, las organizaciones aspirantes a federarse en la FESVET, que sean del mismo ámbito sectorial, deberán pactar con él la fórmula de unión. En el ámbito nacional, solamente podrá afiliarse a FESVET un sindicato de cada ámbito sectorial de la profesión veterinaria. En caso de que dos organizaciones sindicales aspiren a federarse, deberán pactar la fórmula de unión; teniendo prioridad, en caso de no lograrse, el sindicato con mayor número de afiliados.

En la actualidad son miembros de FESVET:

  • Sindicato Independiente de Veterinarios de Extremadura (SIVEX)
  • Sindicato Veterinario de Castilla y León (SIVECAL).
  • Sindicato Veterinario Profesional de Asturias (SIVEPA).
  • Asociación Sindical de Veterinarios Funcionarios de la Xunta de Galicia (ASVET).