El Tribunal Supremo en sentencia de 8 de abril no admite a trámite, el recurso presentado contra la sentencia dictada Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que condenaba a dos ganaderos a 3 años de prisión por agredir a un veterinario en la Oficina Comarcal Agraria Pedroches I de Pozoblanco (Córdoba) que ordenó el cierre de la explotación ganadera familiar.
Por tanto, reitera las penas de prisión para los condenados, así como la prohibición de acercamiento al agredido, a menos de 300 metros, así como comunicarse con él por cualquier medio durante el tiempo de la condena. Además deberán asumir las costas derivadas de este delito, incluidas las de la acusación particular; e indemnizar conjunta y solidariamente a el veterinario en la cantidad de 4.200 euros.